A partir del 23 de octubre de 2026 entra en vigor un cambio en la normativa de pensiones no contributivas en España. La Ley 4/2026 modifica cómo se calculan los ingresos de quienes solicitan o mantienen estas prestaciones, con especial atención a las indemnizaciones por responsabilidad civil.

Qué son las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas están pensadas para personas que no han cotizado lo suficiente a la seguridad social o que no cumplen los requisitos de una pensión ordinaria. En España existen dos modalidades: la pensión de jubilación para mayores de 65 años, y la pensión de incapacidad para personas entre 18 y 64 años con discapacidad igual o superior al 65 %.

Para acceder a cualquiera de ellas, la Administración revisa los recursos económicos del solicitante y, en algunos casos, los de sus familiares convivientes. Este análisis determina si hay insuficiencia de ingresos y si se aprueba o mantiene la prestación.

Qué cambia con la nueva ley

La reforma excluye del cálculo de rentas las indemnizaciones por responsabilidad civil destinadas a compensar daños personales. Es decir, si alguien recibe dinero por lesiones u otros daños, esa cantidad no se sumará a sus ingresos cuando se evalúe si cumple los requisitos económicos.

El objetivo es que el dinero destinado a reparar un daño no se trate como un ingreso ordinario. Sin embargo, hay límites: la exclusión no aplica a salarios pendientes, prestaciones, retribuciones u otros fondos que sustituyan ingresos habituales. Tampoco quedan exceptuados los rendimientos que la indemnización genere después, como los intereses si se invierte.

La cuantía íntegra de estas pensiones en 2026 es de 8.803,20 euros anuales (628,80 euros mensuales en 14 pagas). El monto individual puede reducirse según los ingresos, aunque existe un mínimo del 25 % de la cantidad íntegra.

La reforma no aumenta directamente estas pensiones ni elimina sus límites de ingresos. Su efecto es más puntual: evita que indemnizaciones por daños personales impidan el acceso a la prestación solo por recibirlas.