Los sistemas públicos de salud en España suelen ofrecer a pacientes en espera de cirugía la posibilidad de operarse en clínicas privadas concertadas para acortar tiempos de atención. Pero quien rechaza esa alternativa puede verse eliminado de la lista oficial, perdiendo meses de espera acumulada. Un nuevo proyecto de Real Decreto propone cambiar esto.

Mantener el lugar sin aceptar la alternativa privada

La propuesta establece que los pacientes que rechacen la intervención en un centro concertado continuarán en la lista de espera pública y conservarán la antigüedad desde que su médico indicó la cirugía. Es decir, el tiempo que llevan esperando no desaparece por negarse a la opción privada. El cambio es administrativo pero importante: evita que rechazar una alternativa los penalice perdiendo su posición en la fila de espera.

Hasta ahora, aceptar la opción concertada adelantaba la intervención pero con una contraperuerta: rechazarla equivalía a desaparecer de la lista y empezar de cero. La nueva norma busca eliminar esa disyuntiva donde el paciente se ve obligado a elegir entre mantener su antigüedad o esperar más tiempo.

La garantía de plazo sigue siendo diferente

Sin embargo, hay un matiz crucial. Mantener la antigüedad en la lista no significa automáticamente conservar la garantía de ser atendido dentro de un plazo máximo. El Real Decreto 1039/2011 permite que los servicios de salud ofrezcan alternativas (como centros concertados) para cumplir con plazos de atención determinados. Si el paciente rechaza esa opción, esa garantía de tiempo máximo puede verse afectada.

En la práctica: un paciente podrá seguir esperando su cirugía en el sistema público sin perder su lugar, pero si el plazo máximo vence mientras rechaza las alternativas privadas, el sistema técnicamente cumpliría su obligación de haberle ofrecido una solución.